Premio a la San Silvestre más inclusiva (Ampliación)

1.- EMPRESA ORGANIZADORA

EDP COMERCIALIZADORA, S.A.U. organiza con fines promocionales la primera edición del Premio a la San Silvestre más inclusiva, que se entregará en el Teatro EDP Gran Vía de Madrid el 23 de noviembre de 2020.

Datos de contacto

Titular: EDP COMERCIALIZADORA, S.A.U., con domicilio social en Bilbao, Calle General Concha, 20 (48010 Bilbao), CIF A95000295. Datos de Registro: Registro Mercantil de Vizcaya, Tomo 3.728, Folio 204, HOJA BI-23997. URL: https://www.edpenergia.es/es/. Teléfono: 902 830 100. E-mail: comunicacion@edpenergia.es

Este premio, de ámbito nacional, es exclusivo para las organizaciones de cualquier carrera San Silvestre 2019 celebrada en España que cumplan con el resto de las condiciones recogidas en el apartado “Requisitos de participación” de las presentes bases.

2.- ÁMBITO TEMPORAL

La inscripción de las carreras San Silvestre al Premio a la San Silvestre más inclusiva se realizará a través la web www.laenergiadesansilvestre.com (propiedad de EDP). La apertura de inscripciones se iniciará el 17 de diciembre a las 12.00 h y finalizará el viernes 31 de enero de 2020 a las 23.00 h.

3.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y MECÁNICA DEL SORTEO

Para participar, deberán inscribir la carrera a través del siguiente enlace: www.laenergiadesansilvestre.com

Los participantes deberán cumplir los siguientes requisitos de participación:

  • Podrán participar aquellas organizaciones de las carreras San Silvestre que se celebren en España correspondientes al año 2019
  • No podrán participar ni ser ganadores empleados del Grupo EDP. Si se diera el caso, EDP se reserva el derecho a declarar desierto el premio y esta decisión será irrevocable.
  • A fin de poder comunicarse con el ganador, los participantes en los premios autorizan a EDP a ponerse en contacto con ellos a través del email y/o del teléfono/SMS facilitado en el formulario. El resultado de los premios se comunicará mediante correo electrónico a los ganadores. En esta comunicación se le invitará a la gala el 23 de noviembre de 2020 en el Teatro EDP Gran Vía. En caso de modificación de la fecha en que tendrá lugar el evento, dicho cambio será comunicado al ganador con antelación suficiente.
  • Las participaciones válidas deben cumplir los requisitos arriba mencionados.

Entre todas las participaciones válidamente registradas, el Jurado (elegido por EDP junto a su embajador de marca Martín Fiz, y compuesto por deportistas y periodistas del mundo del running) premiará a la San Silvestre más inclusiva, que implemente medidas enfocadas a la igualdad y la inclusión. Los participantes deberán presentar un dossier que acredite las iniciativas implementadas.

El premio consistirá en 3.000 euros (tres mil euros) en gastos de patrocinio para la edición de la carrera del 2020, mediante ingreso en la cuenta corriente de la empresa o entidad organizadora de la carrera

4.- CONDICIONES DEL PREMIO

El ganador, una vez confirmada su condición por parte de EDP mediante un email de confirmación, recibirá la invitación para su asistencia al evento de entrega de premios. Dicha asistencia es obligatoria y puede ser delegada en otra persona, en representación del premiado.

  1. EDP se reserva el derecho de comunicar públicamente el resultado del sorteo a través de la web laenergiadesansilvestre.com y/o redes sociales. La participación en estos premios supone la autorización de uso a EDP del nombre y/o imagen de los participantes agraciados, en caso de que EDP lo requiriese, en comunicaciones publicitarias o de índole periodística respecto de los Premios.
  2. El premio es una cantidad en metálico, correspondiendo a gastos de patrocinio, para la edición del año 2020.
  3. El premio excluye explícitamente manutención, estancia, parking, transporte y cualquier gasto generado para la asistencia al evento de entrega de premios, que deberá correr a cargo del ganador.
  4. Se permite que cada una de las organizaciones de las carreras se inscriba en varias candidaturas.
  5. La participación en estos premios implica la aceptación de todos los puntos de estas bases legales. De no indicar el ganador los datos necesarios a EDP o no asistir al evento de entrega de premios o delegar en otra persona su asistencia, el premio podrá quedar desierto.

5.- DESCALIFICACIONES Y PENALIZACIONES

Si se evidenciase que cualquiera de las carreras inscritas no cumple con los requisitos exigidos en las Bases, o los datos proporcionados para participar no fueran válidos, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos del sorteo, perdiendo todo derecho sobre los premios otorgados en virtud de este sorteo.

6.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

De conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, se informa al usuario de que desde el momento en que participa en el Sorteo, presta su consentimiento libre, específico e inequívoco para el tratamiento de sus datos personales por parte de EDP para la participación en los premios. Todos los datos solicitados por EDP para la participación en los premios son obligatorios. Asimismo, se informa al interesado que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, así como su derecho a la portabilidad de sus datos, a través de la dirección de correo electrónico cclopd@edpenergia.es así como comunicándolo por escrito a EDP, a la siguiente dirección: Plaza del Fresno, 2, 33007 Oviedo, indicando la referencia a los premios “EDP la energía de la San Silvestre”.

Del mismo modo, cuando el interesado considere que EDP ha vulnerado los derechos que le son reconocidos por la normativa aplicable en protección de datos, podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

7.-CAMBIOS

EDP se reserva el derecho de modificar o ampliar estas bases promocionales, en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los participantes en los premios. EDP se reserva el derecho de suspender o prorrogar la promoción, en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los participantes en los premios. Del mismo modo, EDP podrá, siempre que hubiera causa justificada, anular esta promoción antes de la fecha de cierre de la misma, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas bases, condiciones, o, en su caso, su anulación definitiva.

8.- BASES GENERALES

En caso de discrepancia o contradicción entre las presentes Bases Individuales y las Bases Generales, prevalecerá lo dispuesto en las primeras.

9.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Estas bases legales se regirán de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Oviedo.

10.- ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES

La participación en la presente Promoción implica la aceptación expresa de todas las normas recogidas en las presentes bases legales. La manifestación de no aceptación o disconformidad total o parcial con las presentes Bases implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, EDP quedará liberada del cumplimiento de cualquier obligación contraída con dicho participante.

11.- AMPLIACIÓN DE LAS BASES LEGALES INICIALES

Esta ampliación sustituye a todos los efectos las Bases Legales iniciales de la presente promoción.